lunes, 25 de mayo de 2009

DERECHOS, GARANTÍAS Y DEBERES


P.1. Deber: cumplir con su obligación en lo moral o en lo laboral. Estar obligado a algo por la ley divina, natural o positiva.
P.2 Tener obligación de corresponder a alguien en lo moral. Cumplir obligaciones nacidas de respeto, gratitud u otros motivos.
P.3. Garantía: Efecto de afianzar lo estipulado.
P.4 Cosa que asegura y protege contra algún riesgo o necesidad.
P.5 Seguridad o certeza que se tiene sobre algo.
P.6 Derechos que la Constitución de un Estado reconoce a todos los ciudadanos.
P.7. El Derecho: Es un conjunto de reglas de conducta, es decir, normas de comportamiento que contienen facultades, deberes y sanciones de carácter obligatorio, que tienen por objeto implantar un orden en las relaciones sociales, dentro de un marco de justicia y equidad.
P.8. Importancia del derecho. El derecho es la base fundamental de la vida en sociedad. Si no existieran el derecho o las normas que regulan nuestra sociedad, ésta desaparecería.

P.9 El Derecho está tan unido a la existencia de las personas que se puede prescindir de él.

P.10 Regula la vida del hombre desde antes de su nacimiento, protegiendo el derecho del que está por nacer y protegiendo a la persona durante toda su vida.
P.11. Finalidades que cumple el derecho: los valores que persigue el derecho, como fines supremos son: el orden, la justicia, el bien común, la equidad y la seguridad en las relaciones entre los hombres, así como de los ciudadanos frente al Estado.
P.12. Formas: Los derechos pueden ser políticos y de libertades civiles;
P.13. Los derechos políticos hacen referencia a los consagrados en la Constitución Nacional, que permiten a todos los ciudadanos del país participar en forma directa o indirecta en la administración y el gobierno. Para que ello ocurra debe existir pluralidad de partidos políticos. Esta variedad política se debe poder expresar libremente a través de los medios de comunicación, en igualdad de condiciones con el partido que está en el poder. (Leer art. 40 de la C. P.)
P.14. Las libertades civiles son los que permiten el libre desarrollo de la personalidad, tanto a nivel individual como social, independiente del Estado. Son imprescindibles para que el ciudadano pueda actuar en forma tranquila según sus principios y las leyes. Por ejemplo es la posibilidad de tener una familia y el derecho a la intimidad, libertad de desplazamiento o de movilidad. (Taller 2).
P. 15. Educación, Derechos políticos y Libertades Civiles: Para que en este país se ejerzan los derechos políticos y se cumplan las libertades civiles, no basta con el hecho de que la Constitución Nacional lo consagre; es necesario que el pueblo esté educado para ello, que se conozcan los derechos existentes y se defienda su cumplimiento.
P.16 El futuro del pueblo depende básicamente de su educación, para que conviva en una sociedad y a la vez logre mantener una vida independiente del Estado.
P.17 El objetivo de la educación debe ser preparar a la población para desempeñar una profesión útil. Para ello debe llevar a cabo actividades que capaciten técnicamente a los jóvenes y los formen valorativamente para vivir en sociedad.
P.18 La constitución Nacional consagra en el artículo 41 la necesidad de reforzar la educación en derechos políticos, así como de orientar el proceso educativo hacia la valoración de las libertades civiles. (Taller 2) (Leer art. 40 y 41 de la C. P.).
P. 19. Clasificación de los Derechos: La Constitución Nacional contempla cerca de 84 artículos específicos sobre derechos. Incluye más de 75 derechos, libertades y garantías, que enriquecen de manera considerable la democracia de los colombianos.
P.20 Se distinguen los derechos civiles y políticos o fundamentales, derechos sociales, económicos y culturales y los derechos colectivos.
P.21 Entre los derechos de primera generación se reconoce el derecho a la vida, a la intimidad y a la reputación, el derecho a la libertad, las libertades de conciencia y de culto
P.22 Entre los de Segunda generación (Sociales y económicos), se encuentran detalladas disposiciones relativas a la familia, la mujer, los niños, los jóvenes, la tercera edad y los disminuidos.

P.23 Entre los derechos colectivos o de tercera generación, se incluyen los del medio ambiente, al espacio, al desarrollo, a la participación, a los servicios públicos y a las acciones populares.

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